Trabajo doméstico en Costa Rica

 

Preguntas frecuentes

Salario mínimo

Modelo contrato de trabajo

Modelo comprobante de pago

Aseguramiento

Migración laboral

Documentos de interés

Normativa

 

Presentación

 

Este apartado está dedicado a proporcionar la información más relevante y actualizada sobre los derechos y deberes laborales de las trabajadoras domésticas. Sabemos lo importante que es contar con un entorno de trabajo justo, respetuoso y digno, y nuestro objetivo es ofrecerle todo lo que necesita saber, como persona empleadora y como persona trabajadora, para que pueda ejercer sus derechos con conocimiento y seguridad.

Aquí encontrará:

Explicación de tus derechos laborales, incluyendo salario, descanso, seguridad social y más.

Modelos de contrato de trabajo y comprobantes de pago.

Información sobre leyes y recursos de apoyo de otras instituciones.

Nuestro objetivo es empoderar a personas trabajadoras y empleadoras con el conocimiento necesario para el fortalecimiento de la cultura de cumplimiento de sus derechos y disfrutar de condiciones laborales justas.

 

Preguntas frecuentes

 

 Región de Acordeón

¿Qué es trabajo doméstico?

Es la persona trabajadora que brinda asistencia y bienestar a una familia o persona, en forma remunerada; sus labores incluyen limpieza, cocina, lavado, planchado y demás labores propias de un hogar, residencia o habitación particular, que no generan lucro para la persona empleadora; también pueden asumir labores relativas al cuidado de personas, cuando así se acuerde entre las partes y estas se desarrollen en la casa de la persona atendida.

¿Cómo se debe pagar el salario de las personas trabajadoras domésticas?

Debe pagarse en dinero efectivo y no puede ser inferior al salario mínimo establecido por ley.  Además, recibirán alojamiento y alimentación adecuados cuando corresponda, que se consideran salario en especie; este porcentaje de salario en especie puede pactarse entre las partes, pero cuando no se ha pactado desde el inicio del contrato tendrá un valor equivalente al 50% del salario que se les pague en dinero efectivo.

Tanto el salario en efectivo como el salario en especie deben tomarse en cuenta para el cálculo de otros derechos, tales como: aguinaldo, vacaciones, feriados y prestaciones legales (preaviso y auxilio de cesantía).

En el caso de trabajo doméstico por horas y dado que no está establecido en el Decreto de Salarios Mínimos, cuando se trabaja por horas o por día el salario es contractual, o sea a convenir entre ambas partes (persona empleadora-persona trabajadora). Para tener una referencia, se toma el salario mensual se divide entre 30 días para obtener el salario diario, y el diario entre ocho horas para obtener el salario de una hora.

¿Cuáles deducciones se deben aplicar al salario?

Del salario que reciben mensualmente, se les deben rebajar las cuotas que indica la Ley, de la siguiente manera: un 10.67% para la Caja Costarricense de Seguro Social (Seguros de Salud y de Invalidez, Vejez y Muerte)

¿Qué derechos tienen las personas trabajadoras domésticas?

Todas las personas trabajadoras domésticas sea que laboren por horas, por día o por semana, tienen derecho al pago de vacaciones, aguinaldo, días feriados, descansos semanales, horas extras, seguro social y seguro de riesgos del trabajo, así como también, el pago de preaviso y cesantía cuando corresponda.  En el caso de quienes trabajan por día o por hora, estos derechos se calcularán proporcionalmente al tiempo que laboran.

¿Cuál es la jornada máxima de las personas trabajadoras domésticas?

Su jornada ordinaria efectiva es de un máximo de ocho horas en el día o cuarenta y ocho por semana, o de seis horas en la noche completando treinta y seis horas semanales.

Sin embargo, la ley permite que laboren hasta diez horas en el día o hasta ocho horas en jornada mixta siempre que en la semana no se pase de las cuarenta y ocho horas.

Además, es permitido que laboren horas extras pero un máximo de cuatro horas por día, o hasta completar doce horas sumando la jornada ordinaria y la extraordinaria. Estas horas extras no pueden ser permanentes. En todo caso, las horas extras se deben pagar a tiempo y medio y en el próximo pago del salario.

¿Cuáles son los descansos dentro de la jornada?

En una jornada de ocho horas tendrá, como mínimo, derecho a una hora de descanso.  Cuando se trate de jornadas inferiores a ocho horas diarias, pero superiores a tres horas diarias, el derecho al descanso será proporcional a estas jornadas.

Además, tienen derecho a un día completo por concepto de descanso semanal, el cual será fijado de común acuerdo entre las partes (persona trabajadora y persona empleadora), pero por lo menos dos veces al mes ese descanso será el día domingo.

¿Cuántos días tienen de vacaciones?

La persona trabajadora doméstica tiene derecho a quince días de vacaciones anuales pagadas; es decir, a un período mayor que el mínimo que se otorga a las demás personas trabajadoras.

¿Cómo se calcula el pago de las vacaciones?

El pago de vacaciones para las personas de trabajo doméstico se calcula con base en los salarios ordinarios y extraordinarios devengados durante las cincuenta semanas anteriores al derecho del disfrute. El salario mensual promedio dividido entre 30 y multiplicado el resultado por 15. Si el salario se paga en forma semanal, el salario semanal promedio se divide entre 7 y se multiplica el resultado por 15.

Si el contrato laboral de la persona trabajadora doméstica termina antes de cumplir las cincuenta semanas de trabajo continuo, tienen derecho a que se les incluya en el pago de las prestaciones legales, el valor equivalente a 1,25 días por cada mes laborado (15 días ÷ 12 meses = 1,25).

Ejemplo: Si se laboró cinco meses, corresponden 6,50 días de vacaciones proporcionales (5 meses x 1,25 días = 6,25 días), en este caso se le debe pagar el valor de 6,25 días.

¿Cuándo se trabaja por horas se tiene derecho a vacaciones?

Las personas trabajadoras domésticas que trabajan por días u horas, tienen el mismo derecho que si trabajaran todos los días, solamente que el salario que recibirán durante sus vacaciones es diferente que el que reciben las personas que laboran tiempo completo porque su jornada es diferente.

Los quince días de vacaciones se deben entender así por ejemplo: si en una quincena laboran dos días, sus vacaciones van a ser esos quince días pero con el salario que recibe como si estuviera laborando dos días. El salario semanal promedio se divide entre 7 y se multiplica el resultado por 15.

¿Cómo se calcula el pago de los días feriados?

Todas las personas trabajadoras domésticas tienen derecho a disfrutar de los todos los días feriados, conforme la ley.  El Decreto de Salarios Mínimos, fija el salario de las personas trabajadoras domésticas de forma mensual, lo que no implica que deba pagarle de forma mensual o quincenal, por ser servicios, el patrono puede establecer un salario por horas, días o semanas, en cuyo caso se pagan las horas y días efectivamente laborados, debiendo dividir el salario del Decreto entre 30 y luego multiplicarlo por los días efectivamente laborados, o el salario diario entre 8 para obtener l salario por hora y multiplicarlo por las horas efectivamente laboradas.  Dependiendo de la forma de pago se pagan los feriados de la forma siguiente:

Feriados de pago obligatorio: si el pago es semanal o diario y no se labora, se incluye un salario sencillo y si se trabaja, se adicionan dos para aplicar el pago doble. Si el pago es mensual todos los feriados están incluido en el pago si no se labora y si se labora el patrono debe agregar un salario sencillo para completar el pago doble. 

Feriados de pago no obligatorio: en pago semanal o diario y no se labora, no se paga nada y si se labora se paga sencillo.  En pago mensual o quincenal, todos los feriados aplican como si fueran de pago obligatorio, por lo que aplica lo dicho en el párrafo anterior.

¿Las personas trabajadoras domésticas tienen período de prueba?

El período de prueba será de tres meses, esto significa que durante ese tiempo las partes (persona trabajadora o persona empleadora) pueden terminar el contrato sin ninguna responsabilidad.

¿De cuánto tiempo es el derecho al preaviso?

Si al cumplir tres meses, alguna de las partes quiere dar por terminado el contrato de trabajo, tiene el deber de avisar a la otra con quince días de anticipación. Si la decisión se da después del año de iniciado el contrato, el preaviso deberá ser de un mes.

En ambos casos si no se da el aviso previo, la parte que incumplió deberá pagarle a la otra el valor de los días que correspondían al tiempo de preaviso.

Durante el tiempo del preaviso la persona empleadora deberá otorgarle a la persona trabajadora un día completo con goce de salario para que busque colocación. Este derecho lo tiene la persona trabajadora doméstica aún en el caso de renuncia.

¿Cuáles son los derechos de la persona adolescente que realizan trabajo doméstico?

El trabajo adolescente doméstico es aquella actividad efectuada por personas mayores de quince años y menores de dieciocho años, que realizan en forma habitual o esporádica labores de aseo y cocina en una casa de habitación.  Tienen los mismos derechos que estipula el Código de Trabajo y el Código de la Niñez y la Adolescencia.

Se prohíbe el trabajo adolescente doméstico en las siguientes condiciones:

La jornada no puede ser mayor de seis horas diarias y treinta y seis semanales.

La jornada nocturna.

Que impida u obstaculice la asistencia regular al centro educativo.

No podrán dormir, bajo ninguna circunstancia, en su lugar de trabajo.

Cuidar niños y niñas, personas adultas mayores y personas con discapacidad.

Realizar laborales de vigilancia.

¿Qué debe hacer una persona trabajadora doméstica si es hostigada o acosada sexualmente?

Si es hostigada o acosada sexualmente por alguna persona dentro del hogar donde trabaja, puede acudir a la Oficina Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a poner la denuncia respectiva.

 

Salario mínimo

 

Conforme el decreto, el salario mínimo para trabajo doméstico es de ¢258.376,22 mensual en jornada completa.

Generalmente, cuando es pago del salario por hora, el monto se conviene entre la persona trabajadora y persona empleadora.

 

Modelo de contrato de trabajo para trabajo doméstico

 

El siguiente modelo de contrato de trabajo doméstico puede ser utilizado entre la persona empleadora y la persona trabajadora para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 101 del Código de Trabajo.

Si desea llenar el contrato de trabajo directamente en su computadora, puede descargar el documento, completar la información en los espacios que se indican, imprimir y firmar.

Descargar modelo de contrato de trabajo por computadora

 

Si desea llenar el contrato de trabajo a mano, puede descargar e imprimir el documento, completar la información en los espacios en blanco y firmar.

Descargar modelo de contrato de trabajo en forma manual

 

Modelo de comprobante de pago persona trabajadora doméstica

 

Puede descargar el siguiente modelo de comprobante de pago para persona doméstica, así como las instrucciones para su llenado.

Si desea llenar el comprobante de pago directamente en su computadora, puede descargar el documento, completar la información en los espacios que se indican, imprimir y firmar.

Descargar modelo de comprobante de pago por computadora

 

Si desea llenar el comprobante de pago a mano, puede descargar e imprimir el documento, completar la información en los espacios en blanco y firmar.

Descargar modelo de comprobante de pago en forma manual

 

Para revisar las instrucciones de como llenar el comprobante de pago, puede descargar el siguiente documento.

Ver documento

 

Aseguramiento

 

-Seguro de la Caja Costarricense del Seguro Social.  Seguir enlace

-Riesgos del trabajo. Seguir enlace

 

Migración laboral

 

 Región de Acordeón

¿Cuáles son los requisitos legales para contratar personas extranjeras en trabajo doméstico en Costa Rica?

Para contratar una persona extranjera en servicio doméstico en Costa Rica, es necesario cumplir con varios requisitos legales. Entre los principales requisitos esta, para las nacionalidades que lo requieran, obtener documentos debidamente apostillados o legalizados por el Consulado de Costa Rica en el país de origen de la persona trabajadora donde se tenga este consulado o el más cercano. Esto incluye asegurar que la visa de trabajo y el pasaporte de la persona estén al día. Se debe contar con un contrato por parte del empleador que incluya las condiciones laborales que amparan esa relación de empleo. Además, es fundamental seguir los procedimientos establecidos para asegurar a la trabajadora bajo la legislación local. Todo este procedimiento se debe realizar ante la Dirección General de Migración y Extranjería

¿Qué documentos debo presentar para iniciar el proceso de contratación y obtener el permiso de trabajo para una persona extranjera en trabajo doméstico?

Los documentos necesarios incluyen: una solicitud formal, copia del documento de identificación del patrono, prueba de ingresos que justifique la oferta laboral, contrato de trabajo firmado por ambas partes, entre otros.

¿Cuáles son mis derechos laborales como persona extranjera en servicio doméstico?

La persona trabajadora extranjera en trabajo doméstico, tiene derecho al salario mínimo, horas de descanso, aguinaldo, vacaciones y acceso a la seguridad social conforme lo dispone el Capitulo Octavo, artículos del 101 al 108, del Código de Trabajo y, en general se le deben reconocer los mismos derechos laborales establecidos en el Código de Trabajo para todas las personas trabajadoras. Para garantizar el derecho a un trato digno y respetuoso. La ley de trabajo doméstico en Costa Rica busca proteger los derechos y garantizar condiciones laborales adecuadas.

 

Documentos de interés

 

Guía de salud ocupacional para la realización del trabajo doméstico.  Ver documento

Agenda interinstitucional de trabajo doméstico remunerado 2023-2026. Ver documento

 

Normativa

 

-Convenio 189 sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

-Código de Trabajo y sus reformas y legislación conexa.

-Código de la Niñez y la Adolescencia y sus reformas, Capítulo VII.

-Ley de Aguinaldo en el sector privado.