Denuncia

 

¿Cómo plantear una denuncia de trabajo infantil o de trabajo adolescente peligroso?

De acuerdo al artículo 117 del Código de la Niñez y la Adolescencia toda persona pública y privada está en la obligación de denunciar cualquier violación a los derechos de las personas menores de edad.  Si usted identifica a una persona menor de 15 años laborando en el sector formal o informal o bien, a una persona adolescente de más de 15 años y menos de 18 años trabajando en actividades peligrosas por su naturaleza o su condición (Ley 8922, 2011), puede plantear una denuncia incluyendo aspectos mínimos, tales como:

·         Nombre de la persona menor de edad trabajadora (no prescindible).

·         Edad (aproximada).

·         Ocupación, funciones, horario de trabajo y otra información importante para su localización.

·         Nombre completo del lugar de trabajo.

·         Dirección exacta del lugar de trabajo (señas).

·         Observaciones: nombre del dueño del negocio, número de teléfono, otros.

Si la actividad es informal (en calle) deberá realizarse previamente una observación en varios días o semanas para determinar con exactitud el día (as), frecuencia y hora en que la persona menor de edad trabajadora se encuentra en determinado lugar, esto con la finalidad de facilitar su localización.

Este tipo de denuncia podrá presentarse ante las siguientes instancias, tomando en consideración lo siguiente:

Patronato Nacional de la Infancia (PANI):

Si la persona es menor de 15 años y por ende tiene prohibición para laborar, se pondrá este hecho en conocimiento del PANI a fin de que adopte las medidas adecuadas para que esta persona cese sus actividades laborales.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS):

Si se trata de una persona adolescente mayor de 15 años y menor de 18 años que labora en trabajo peligroso o labores prohibidas, la denuncia podrá presentarse en cualquier oficina regional de la Inspección de Trabajo ubicadas en todo el país, así como ante la Oficina de Atención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección Especial al Adolescente Trabajador (OATIA).

¿Cómo se remite a una persona menor de edad trabajadora identificada por una institución pública?

De acuerdo al artículo 117 del Código de la Niñez y la Adolescencia, toda persona pública está en la obligación de denunciar cualquier violación a los derechos de las personas menores de edad, incluyendo el derecho al trabajo (CNA, Capítulo VII, art. 78).

Es por esto, que para la adecuada remisión de una persona menor de edad trabajadora identificada por parte de un funcionario público, deberá de suministrase la información que solicita el "Instrumento de Referencia Interinstitucional para Personas Menores de Edad Trabajadoras", contenido dentro del Protocolo de Coordinación Interinstitucional para la Atención de las Personas Menores de Edad Trabajadoras (Decreto No. 34423) el cual establece como requisitos obligatorios, los siguientes;

·         Institución que remite.

·         Institución destinataria.

·         Nombre completo de la persona menor de edad trabajadora.

·         Fecha de nacimiento.

·         Número de la tarjeta de identificación de la persona menor de edad.

·         Nombre completo de la madre, padre o encargado con su respetivo número de cédula.

·         Resumen diagnóstico.

·         Cuál es la solicitud de atención inmediata.

·         Otras instituciones a las que fue solicitada atención.

·         Observaciones adicionales.

·         Nombre completo del funcionario que remite y firma.

·         Fecha de remisión.

·         Nombre completo del funcionario que recibe y firma.

·         Fecha de recibido.

Asimismo, el funcionario público podrá remitir a la persona menor de edad identificada como trabajadora a cualquier otra institución para que le brinde atención oportuna a sus problemas y necesidades. De acuerdo al Protocolo de Atención siempre deberá de enviar una copia a la OATIA-MTSS, con la finalidad de que esta instancia lleve un registro y pueda dar acompañamiento y seguimiento a las acciones solicitadas por el remitente, si este así lo requiere.

 

Contacto:

Para realizar una denuncia puede escribir al correo electrónico: [email protected]

Teléfono:  2542-0078