La Dirección Nacional de Inspección del Trabajo (DNI) según estipula el artículo 88 de la Ley Orgánica del MTSS, tiene la facultad y la disposición legal de tutelar el cumplimiento de la legislación laboral, para contribuir al mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores, procurando que las relaciones laborales se desarrollen en un marco de trabajo decente, tal cual ha sido impulsado por la Organización Internacional del Trabajo.
Documentos:
Manual de Procedimientos de la Inspección General de Trabajo de Costa Rica.
Guía de salud ocupacional en la agricultura
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