09 de junio de 2022
CP 015- 2022 MTSS
· Las personas trabajadoras migrantes que tengan el documento de trazabilidad laboral demostrarán su condición de permanencia legal temporal en el país.
· El carné de trazabilidad laboral permite a las personas trabajadoras migrantes acceder a los servicios de salud, bancarios, riesgos del trabajo y garantiza el cumplimiento de sus derechos laborales.
· Se insta a las autoridades públicas y privadas a reconocer la validez de este documento en favor de las personas trabajadoras migrantes.
San José. 09 de junio de 2022. Con la reciente publicación en el diario Oficial La Gaceta del Decreto 43527-MGP-S-MAG-MRREE,-se crea "la categoría especial para la regularización migratoria de personas extranjeras para laborar de forma temporal en el sector agropecuario", esta clasificación garantiza que, siempre y cuando se cumplan con los requisitos detallados en el decreto, las personas trabajadoras migrantes gocen de permanencia legal temporal para laborar en el país por el plazo y las actividades autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Una vez cumplida esta etapa, se continúa con el trámite de emisión del documento denominado Trazabilidad Laboral, conocido como SITLAM, que es un carné que demostrará la permanencia legal temporal en el país, el cual es autorizado por el Ministerio de Salud, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), que permite la identificación migratoria, laboral y sanitaria de las personas extranjeras
A criterio de la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Esquivel Rodríguez, el SITLAM "definitivamente es un instrumento que promueve la justicia social, la equidad, pero sobre todo el trabajo decente, dentro de un marco de respeto de los derechos humanos como eje prioritario", en ese sentido, la jerarca hace un llamado para que las autoridades públicas y privadas validen el SITLAM y permitan que tanto trabajadores como trabajadoras migrantes gocen de la trazabilidad laboral que merecen.
De acuerdo con el decreto, las personas trabajadoras migrantes que tengan el SITLAM podrán demostrar su permanencia legal o regular en el país., acceder a servicios bancarios tales como: apertura de cuenta, tarjeta bancaria y otros, en cuanto a salud tendrán derecho a recibir atención médica, medicamentos y derecho a incapacidad, de igual forma, estarán cubiertos por la póliza de Riesgos del Trabajo y Accidentes del Trabajo.
Así como garantía de que se cumplan todos sus derechos laborales tales como pago del salario mínimo, horas extra, prestaciones, etc.
Este procedimiento regula el ingreso circular o pendular, la permanencia, la documentación y el egreso de esas personas, de conformidad con los acuerdos suscritos por las entidades.
Desde el año 2020 el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección General de Migración y Extranjería, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Agricultura y Ganadería han estado coordinando la aplicación de un procedimiento para el ingreso, permanencia y retorno de las personas trabajadoras migrantes que garantice el pleno goce de los derechos laborales y sociales. Con la publicación y aplicación de este decreto culmina un proceso de coordinación y apoyo interinstitucional, pero inicia otro, que favorece a la población migrante trabajadora y a nuestro país.