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Ante situación de posible cierre por falta de materia prima

 

Ministerio de Trabajo brinda asesoría y acompañamiento a trabajadores de Alunasa

 

·         Ya se realizó inspección a la empresa para corroborar que se respeten los derechos laborales

 

Abril 3, 2018

CP-013-2018 MTSS

 

San José, Costa Rica. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ha venido dando acompañamiento a las personas trabajadoras de la empresa Alunasa que han mostrado preocupación por su situación actual, por cuanto la empresa, de manera verbal, comunicó a sus trabajadores la suspensión de labores alegando un faltante de materia prima en su fábrica ubicada en Esparza, Puntarenas.

Tanto la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo como la Dirección de Asuntos Laborales, específicamente en la oficina regional de Puntarenas, han atendido las consultas y solicitudes de asesoría de un grupo importante de trabajadores que se han acercado a la institución para solicitar el acompañamiento e información.

Precisamente, el 19 de marzo, la Inspección de Trabajo realizó una visita a la empresa para evaluar el respeto a los derechos laborales en el centro de trabajo y se corroboró que los salarios se estaban pagando y los demás derechos laborales se están respetando. El día de hoy se comprobó también que el 27 de marzo se pagaron los salarios correspondientes a la segunda quincena de marzo.

Por otro lado, la empresa presentó ante este Ministerio una solicitud de interrupción temporal de contratos laborales aduciendo el faltante de la materia prima esencial para mantener en funcionamiento la fábrica. Esta solicitud fue completada el jueves 22 de marzo, antes del receso de Semana Santa por lo que la Inspección se encuentra analizando la documentación y las pruebas presentadas.

Según indica el informe preliminar de la Inspección, los encargados de la empresa indicaron que "la solicitud de suspensión temporal de contratos es por un plazo de 3 meses, pero que la empresa está realizando esfuerzos para que el proceso se reanude lo antes posible, ya que indican que el problema obedece a la falta de materia prima lo cual ha generado un problema de liquidez en la empresa".

 "El Ministerio de Trabajo ha mostrado preocupación e interés en la resolución de esta situación, pensando principalmente en las personas trabajadoras que puedan verse afectadas con la situación. Es por esto que hemos actuado de forma proactiva desde la Inspección de Trabajo y en el acompañamiento desde la Dirección de Asuntos Laborales, atendiendo las solicitudes de asesoría por parte de los trabajadores que se han acercado a nuestras oficinas en Puntarenas", destacó el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Alfredo Hasbum Camacho.

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Por su parte, la viceministra del Área Laboral, Nancy Marín Espinoza añadió que "hemos dado la instrucción a los compañeros de la oficina de Puntarenas de dar atención prioritaria a este caso tomando en consideración la cantidad de personas que puedan salir afectadas. Igualmente, estamos avanzando en el análisis de la solicitud que nos ha hecho la empresa para poder solventar el tema de la incertidumbre que existe en este momento tanto por parte de los trabajadores como de los encargados de la empresa".

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Los artículos 73 al 76 del Código de Trabajo, establecen las condiciones, requisitos y procedimientos que deben seguirse a los efectos de que una empresa pueda suspender sus labores en forma total o parcial por un determinado tiempo, sin que ello extinga los contratos de trabajo y sin que se cause perjuicio ilegal a los trabajadores.

Corresponde a la Dirección Nacional de Inspección de Trabajo de este Ministerio determinar la veracidad de las causas o alegatos del patrono, con el fin de otorgar la autorización debida, pues según los artículos citados, cuando se habla de causas justas se trata de situaciones que no son ni imputables ni previsibles por el patrono. No obstante, otras situaciones que se salen de los parámetros indicados entrarían dentro de lo denominado "riesgo de empresa" pues cuando un patrono lleva adelante un negocio, se beneficia con sus utilidades, por lo que debe afrontar el riesgo que el mismo genera, asumiendo las pérdidas como empresario, sin afectar los derechos laborales de los trabajadores.