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Día de la Virgen de los Ángeles es feriado de pago no obligatorio

 

30 de Julio, 2015

CP 031-2015 MTSS

 

San José. El próximo Domingo 02 de agosto, según lo establece el artículo 148 del Código de Trabajo, es feriado de pago no obligatorio, pues se conmemora el Día de la Virgen de los Ángeles.

El disfrute de este y todos los feriados, sin importar el tipo de actividad que realicen es un derecho de los trabajadores, por tanto ningún colaborador está obligado a laborar este día feriado, únicamente si está de acuerdo.

Es importante aclarar que aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, tiene que conceder este feriado.

Para efectos del reconocimiento salarial, se tiene que, si las empresas tienen pago semanal (en actividad no comercial), es decir, que solo cancelan el salario del tiempo efectivamente laborado de la semana se procede de la siguiente forma:

Si trabajan de lunes a sábado, las empresas tienen que pagar esa semana el salario de todos los días sin incluir el pago del feriado, por ser el domingo el día de descanso. Si el día feriado se  labora, se paga doble.

Si la jornada laboral incluye el día domingo y los trabajadores disfrutan el feriado, no se les paga nada por ese día y si lo laboran, se les agrega al salario semanal el pago del domingo feriado.

En esta modalidad de pago semanal, si se laboran horas extra en este feriado, deben remunerarse  con pago doble a tiempo y medio, o sea pago triple.

Por otra parte, las empresas que tienen pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, como reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados, tienen que pagar el salario completo de la semana, de la quincena o del mes, entonces para este caso aplica que:

Si los trabajadores disfrutan el feriado, el salario tiene incluido el pago sencillo de ese día.

Si los trabajadores laboran el feriado, al salario se le debe adicionar un pago sencillo para completar el pago doble.

En este tipo de pago, si se laboran horas extra, deben remunerarse con pago doble a tiempo y medio, o sea pago triple.